Por este medio, la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias, AHIBA, con relación a la Toma…

Comunicado – No. 07 120520
Por este medio comunicamos, que en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3 del Decreto PCM 021-2020, el personal del Área de la Salud (médicos, enfermeras, personal auxiliar, etc.) está exento de las restricciones de libre circulación que dicho decreto define. Por consiguiente, serán atendidos en las Instituciones Bancarias el día en que se presenten, en el horario de atención ya establecido, aun y cuando la terminación de su número de tarjeta de identidad sea distinta a la que está autorizada para circular ese día.
El personal del área de salud, presentará en la Institución Bancaria, dónde se presente, su carnet correspondiente e identidad, a fin de dar cumplimiento a los requerimientos de debida identificación que el Gobierno de la República nos solicita.
Favor tomar nota.
Tegucigalpa, M.D.C., 12 de Mayo de 2020